Becas para opositores 

En este apartado se puede consultar toda la información sobre las becas para sufragar los gastos ocasionados por la preparación de las pruebas selectivas de ingreso por el turno libre en los Cuerpos de la AGE y en la Escala de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional del subgrupo A1 adscritos al MHFP, convocadas por el INAP, las bases reguladoras y el enlace a la convocatoria en vigor.

Puede obtener más información de estas becas en la web del INAP, en el espacio de Becas y ayudas.

Bases reguladoras

Orden HFP/520/2023, de 25 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para sufragar los gastos ocasionados por la preparación de las pruebas selectivas de ingreso en los cuerpos y escalas adscritos al Ministerio de Hacienda y Función Pública y gestionados por el INAP. (BOE n.º 125, de 26 de mayo de 2023). 

Convocatoria

Resolución de 3 de julio de 2023 por la que se convocan 100 becas. (Extracto BOE de 7 de julio de 2023). Enlace al SNPS.

Plazo de presentación de solicitudes del 24 de julio al 4 de agosto inclusive en la aplicación de becas del INAP

Para más información sobre el procedimiento de solicitud y la documentación requerida, consulte el documento de preguntas más frecuentes

Resolución de 11 de octubre de 2023 por la que se acuerda la tramitación de urgencia de la convocatoria.

Resolución de 22 de octubre de 2023 por la que se nombran miembros de la Comisión de Valoración para la adjudicación de las becas.

Resolución de 27 de octubre de 2023 por la que se publican las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas, junto con los motivos de exclusión. Plazo de presentación de subsanación del 30 de octubre al 6 de noviembre inclusive en la aplicación de becas del INAP.

Para más información sobre el proceso de subsanaciones, consulte los siguientes documentos:

Resolución de 14 de noviembre de 2023 por la que se publican las listas definitivas de solicitudes admitidas y excluidas, junto con los motivos de exclusión, así como las listas provisionales de beneficiarios y suplentes. Plazo de presentación de alegaciones del 15 al 21 de noviembre inclusive en la aplicación de becas del INAP

Para más información sobre el proceso de alegaciones, consulte los siguientes documentos: 

Resolución de 16 de noviembre de 2023 de rectificación de errores materiales de la Resolución de 14 de noviembre de listas definitivas de admitidos y excluidos así como listas provisionales de beneficiarios y suplentes.

Resolución de 4 de diciembre de 2023 por la que se resuelve la convocatoria de las becas.

Las ayudas económicas se entenderán aceptadas si, transcurridos diez días hábiles desde el siguiente a la publicación de la resolución de concesión, las personas beneficiarias no manifestaran su renuncia mediante solicitud fundamentada y dirigida a la persona titular de la Dirección del INAP.

Plazo de presentación de renuncia a la beca: del 5 al 20 de diciembre inclusive en el Registro electrónico de la AGE. Para proceder a este trámite, se debe cumplimentar la plantilla de comunicación de renuncia, siguiendo el documento de instrucciones

Para la justificación económica y documental de las becas concedidas, puede consultar los siguientes documentos y plantillas:

Para los beneficiarios iniciales los plazos de justificación durante el año 2024 son:

  • Primer semestre: del 16 al 31 de mayo de 2024.
  • Segundo semestre: del 15 al 30 de noviembre de 2024. 

La justificación se debe realizar a través de la aplicación de becas del INAP. Puede consultar la guía para la presentación donde se indican los pasos a seguir. 

Más información: becas.opositores@inap.es; teléfonos: 91 273 9207 / 9243 / 9138.

 

Información sobre protección de datos

De conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos, Reglamento (UE) n.º 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, los datos personales proporcionados por los usuarios al Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) serán utilizados exclusivamente para la instrucción del procedimiento de concesión de las becas de formación e investigación del INAP.

El responsable del tratamiento de los datos es la Gerencia del INAP, c/ Atocha, 106, 28012, Madrid. Correo electrónico: gerencia@inap.es 

Delegado de protección de datos: Unidad de Apoyo, c/ Atocha, 106, 28012, Madrid. Correo electrónico: dpd.inap@inap.es 

Los datos personales serán utilizados de forma exclusiva para la instrucción del procedimiento de concesión de las becas de formación e investigación del INAP de forma indefinida. No hay previsión de cesiones de datos ni transferencias internacionales a terceros países. 

Derechos de los usuarios: puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento, así como de retirar su consentimiento, dirigiéndose al responsable del tratamiento (Presentación de solicitud general al INAP), o a través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros (https://administracion.gob.es).

Puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, c/ Jorge Juan, 6, 28001 Madrid (www.aepd.es). Con carácter previo a la presentación de una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, puede dirigirse al Delegado de Protección de Datos del INAP (dpd.inap@inap.es). 

Información general sobre protección de datos en el INAP 

Más información

becas.opositores@inap.es; Teléfonos: 91 273 9207 / 9243 / 9138.