El Real Decreto 203/2021 en su artículo 15a) establece que las Administraciones Públicas admitirán, en sus relaciones por medios electrónicos, sistemas de firma electrónica que sean conformes a lo establecido en la normativa vigente sobre firma electrónica y resulten adecuados para garantizar la identificación de las personas interesadas y, en su caso, la autenticidad e integridad de los documentos electrónicos.
Sistemas de Identificación
Sin identificación
En la sede electrónica del INAP puedes realizar algunos trámites sin necesidad de identificarte, como determinadas consultas o un CSV.
Certificado y DNI electrónico
El certificado electrónico es una firma que se instala en el navegador para garantizar tu identidad en Internet y que permite realizar gestiones desde el ordenador, dispositivo móvil o tablet en nuestra sede electrónica y en la de otros organismos que también lo admitan. El DNI electrónico también te permite identificarte para realizar gestiones por Internet
Sistemas de Firma
- Sistemas de firma electrónica incorporados al Documento Nacional de Identidad, para personas físicas.
- Sistemas de firma electrónica reconocida, incluyendo los basados en certificado electrónico reconocido, admitidos por las Administraciones Públicas.
- Otros sistemas de firma electrónica, como la utilización de claves concertadas en un registro previo como usuario, la aportación de información conocida por ambas partes u otros sistemas no criptográficos, en los términos y condiciones que en cada caso se determinen.
Sistemas de Verificación
El Código Seguro de Verificación (CSV) es un término informático que designa al código único que identifica a un documento electrónico en la Administración Pública española. Este código alfanumérico suele aparecer en todos los documentos emitidos por medios electrónicos. Las leyes 39 y 40 de 2015 introducen el código seguro de verificación (CSV) en los siguientes artículos:
Artículo 42 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público sobre los sistemas de firma para la actuación administrativa automatizada. En su apartado b) incluye el código seguro de verificación vinculado a la Administración Pública, órgano, organismo público o entidad de Derecho Público, en los términos y condiciones establecidos, permitiéndose en todo caso la comprobación de la integridad del documento mediante el acceso a la sede electrónica correspondiente.
Artículo 27 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas sobre validez y eficacia en las copias realizadas por las Administraciones Públicas. Las Administraciones harán públicos, a través de la sede electrónica correspondiente, los códigos seguros de verificación u otro sistema de verificación utilizado.
Para realizar la validación del Código Seguro de Verificación o CSV, este se deberá indicar en la caja de texto y posteriormente presionar el botón 'Validar'.